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Examinando Producción científica por Departamento "Derecho Procesal"
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Publicación Access to justice for victims of Human Rights violations caused by multinationals: From theory to practice and a commitment to extrajudicial remedies(Iustel, 2022) Gimeno Beviá, JordiDesgraciadamente, en pleno siglo XXI los Derechos Humanos siguen sin ser respetados en muchos países, principalmente en aquellos en vías de desarrollo. Ante esta situación, organismos internacionales como la ONU están desplazando el foco de responsabilidad, que tradicionalmente estaba puesto en de los Estados, hacia las empresas multinacionales. Por consiguiente, se avanza hacia un co-protagnonismo público-privado en el respeto a los Derechos Humanos. Pero no se trata solo de “proteger” y “respetar” los DDHH sino de “remediar”, siguiendo las tres claves de los Principios Rectores ONU, las vulneraciones de DDHH, mejorando el acceso a la justicia de las víctimas que sufren su vulneración por parte de las multinacionales. En este trabajo se examina, de un lado, los principales instrumentos internacionales; posteriormente, se analizan desde un punto de vista práctico los problemas a los que se enfrentan las víctimas; y, finalmente, se exponen algunas vías para garantizar su acceso a la justicia y, en definitiva, reparación.Publicación Acción y Defensa en clave digital: «Dos caras de una misma moneda» y un «brindis al sol» en la inminente Ley de Derecho de Defensa(La Ley _ Aranzadi, 2023-04) Calaza López, María Sonia; de Prada Rodríguez, MercedesLa normativa proyectada en materia de defensa —la futura Ley orgánica de Derecho de defensa—configura —con acierto— los derechos de acción y defensa como «dos caras de una misma moneda». Sin embargo y pese a esta atinada reflexión inicial, no tarda en deslindarse de esta idea para centrarse exclusivamente en el derecho de defensa —sin la menor alusión posterior al derecho de acción— y con una curiosa —y novedosa— conexión a la que califica como «intrínseca» entre el derecho de defensa y la defensa letrada; de suerte que residencia el derecho a la tutela judicial efectiva en el marco de actuación —casi exclusiva— de nuestros Juzgadores, reservando el derecho de defensa, a la específica labor profesional de la Abogacía. Ante el tratamiento disgregado y sesgado de esta regulación —que no enlaza el relevante derecho de defensa, ni con el derecho de acción, ni con el despliegue de derechos fundamentales que le son inherentes y obvia todo tratamiento de dicho derecho en clave digital— nos parece oportuno lanzar un recordatorio —a modo de hoja de ruta— con estas injustificables ausencias.Publicación Análisis normativo: más eficiencia digital, menos eficiencia procesal, ninguna eficiencia organizativa(Editorial LA LEY, 2024-01) Calaza López, María Sonia¿Más por menos? ¿O menos por más? Las «reglas del juego procesal» que nos habían anunciado en los tres Proyectos de Eficiencia de la Justicia como servicio público han cambiado radicalmente. El resultado de la nueva estrategia apunta el siguiente saldo: Más Eficiencia digital. Menos Eficiencia procesal. Ninguna Eficiencia organizativa. ¿Conseguiremos con estas nuevas «reglas del juego procesal» ganar en Eficiencia, Sostenibilidad, Austeridad y Resiliencia? ¿Nos bastarán para doblegar el pulso de la inJusticia —supuesta por una desesperante congestión, carestía e impuntualidad de la respuesta— y provocar —al fin— la imprescindible Recuperación de la Justicia? ¿Lograremos alcanzar la Transformación comprometida con el Plan Justicia 2030, desarrollado en cogobernanza para impulsar, definitivamente, el Estado de Derecho y el acceso a la Justicia como palancas de cambio de un país jurídicamente avanzado? En este primer análisis, al que seguirán muchos otros, se ofrece una primera evaluación del cambio de paradigma procesal operado por el reciente Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia, entre otras, de servicio público de Justicia.Publicación Aproximación a la tecnología blockchain. Algunas notas de su aplicación como instrumento frente a la corrupción(Editorial BOE, 2021) Gimeno Beviá, JordiPublicación El árbol de la ciencia procesal: acción & defensa en clave permanente(La Ley _ Aranzadi, 2024-12) Calaza López, María SoniaEn este texto se ofrece una visión panorámica de la nueva Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa. Esta legislación de defensa ofrece un buen número de derechos (aparentemente novedosos) —como, entre otros, los de accesibilidad cognitiva, accesibilidad universal, lenguaje claro, estrategia procesal adecuada, coste global del proceso, puntualidad de juicios o vistas, viabilidad de la pretensión, medios adecuados de resolución de controversias, disposición gratuita de formularios o, incluso, conocimiento con transparencia de los criterios de inteligencia artificial— proyectados desde elemental derecho de defensa (sin abordaje conjunto con el derecho de acción) con constante derivación a normativas futuras: todos ellos son analizados aquí y ahora de forma crítica, por la autora, quién augura —pese a tanta poesía romántica— una desoxigenación de las (diversas) ramificaciones y frutos del árbol de la ciencia procesal provocada —precisamente— por un anclaje deficiente de sus raíces más profundas: acción & defensa en clave persistente.Publicación La captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos(Tirant lo Blanch, 2018) Díaz Martínez, Manuel; López-Barajas Perea, InmaculadaPublicación The capture of images in public places without judicial authorization. The reasonable expectation of being shielded from the observation of others as a key criterion(Universidad de Sevilla, 2023) Díaz Martínez, ManuelCon el fin de dotar de la necesaria cobertura legal a determinadas medidas de investigación tecnológica absolutamente indispensables para hacer frente a una fenomenología criminal de nuevo cuño y, en definitiva, garantizar las exigencias derivadas de seguridad jurídica en el ámbito de los derechos fun-damentales, la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías pro-cesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica define las modalidades de investigación tecnológica y delimita los presupuestos, constitucionales y legales, que legitiman su adopción.Una de las medidas que contempla es la captación de imágenes de la perso-na investigada en lugares o espacios públicos, que posee como singularidad respecto de las restantes la posibilidad de que sea acordada por la Policía Judicial sin necesidad de autorización judicial.El presente estudio se centra en la determinación de lo que haya de entend-erse por espacio o lugar público como premisa legitimadora de la medi-da, para lo cual se analiza la reciente sentencia del Tribunal Constitucional 92/2023, de 11 de septiembre, que determina que el garaje de una comu-nidad de propietarios no tiene tal consideración, por tratarse de un espacio que pertenece al ámbito de la intimidad protegida por el artículo 18.1 de la Constitución EspañolaPublicación Ciencia abierta. Fundamento y principios de derecho procesal(Dykinson, 2024) Calaza López, María Sonia; González Navarro, Alicia; Juliá Pijoan, Miquel; Ordeñana Gezuraga, Ixusko; Quesada Sánchez, Antonio; López Yagües, Verónica; Llorente Sánchez-Arjona, Mercedes; Moretón Sanz, María Fernanda; Luaces Gutiérrez, Ana Isabel; Martínez Santos, Antonio; Nadal Gómez, Irene; Pérez Daudí, Vicente; Ribón Seisdedos, Amparo; Ordeñana Gezuraga, Ixusko; Calaza López, María SoniaEn esta entrega, pretendemos exponer unas primeras ideas generales -pero de profundo alcance- sobre el concepto de Derecho procesal jurisdiccional, con su trípode conceptual: Jurisdicción, Acción y Proceso por contraste al Derecho procesal jurisdiccional diversificado (o derivado a otros mecanismos de resolución de controversias), como punto de partida para conocer, con todo detalle, las fuentes, el tiempo y espacio del Derecho procesal, las tres acepciones esenciales de la Jurisdicción -como poder, como potestad y como función-, los derechos procesales de naturaleza fundamental -a la luz de su GPS procesal esencial (el derecho de acción y en su reverso, el derecho de defensa), el proceso (tanto civil como penal) y los profesionales comprometidos -por razón de su profesión- con el (referido) proceso judicial: Abogados, Procuradores y Ministerio Fiscal. A esta primera obra, seguirán otras, en las que se ofrecerá -de nuevo por estos tres canales públicos, abiertos y gratuitos- un estudio sosegado de (todos y cada uno de) nuestros procesos judiciales civiles, penales, administrativos y laborales. Esta Teoría General de Derecho procesal es el punto de partida de una obra que aspira a ser de referencia.Publicación Confluencia de la Jurisdicción y desjudicialización(Aranzadi, 2020) Calaza López, María SoniaEn este trabajo monográfico, se destina un primer capítulo al estudio de la Jurisdicción - única-, con detenido análisis de su concepto, naturaleza, fundamento, extensión y límites, así como del referido, de modo transversal, a todos y cada uno de sus afluentes o modalidades, para concluir con un breve análisis de la competencia. La segunda parte - y acaso, la más relevante, se destina a la disquisición actual entre las dos ramificaciones esenciales de una misma modalidad jurisdiccional - la Jurisdicción civil - con sus variables “voluntaria” y “contenciosa”. La tercera parte de este estudio corresponde a la Jurisdicción penal, si bien su enfoque ha quedado muy condicionado por la pandemia, pues la conflictividad derivada de esta modalidad jurisdiccional, pese a no ser la más cuantitativa durante el confinamiento - con la excepción de los ciber-delitos y la violencia de género-, ha sido, sin embargo, en la que más apremiantemente se ha detectado la brecha digital y la urgente necesidad de la reforma, no sólo con una redistribución organizativa y de optimización de recursos, sino - fundamentalmente- con una modificación estructural, global y vertebradora, precisada de inminente reforma. En esta Jurisdicción es, pues, precisamente, dónde se espera, una vez superada la pandemia COVID-19, la gran transformación - y revolución- de nuestros procesos penales. De ahí que dediquemos un breve capítulo a analizar las más relevantes medidas propuestas - entendiendo por tales, fundamentalmente, las que llegan para quedarse - tanto en el plano organizativo y de gestión procesal, como en el plano procedimental. En este capítulo, además, se acometerá un breve análisis de esas zonas de confluencia de modalidades jurisdiccionales, cuya asunción y gestión, lejos de agilizar, simplificar y abaratar nuestra Justicia, contribuyen a ralentizarla, obstaculizarla, dilatarla e, incluso, encarnizarla, como consecuencia de las duplicidades, ocasionalmente triplicidades procedimentales establecidas en nuestra vigente legislación procesal. En la materia de la Jurisdicción contencioso-administrativa más afectada por la crisis sanitaria, recrudecida con otra económica, que es - no cabe duda- la tributaria, y de cuya eficaz persecución, saneamiento y pacificación, ahí dónde hubiere un incumplimiento o un conflicto, depende la reconstrucción de nuestro país, contamos con una legislación excesivamente amplia, cambiante y poco depurada, así como con un procedimiento dual - ante la propia Administración y, tan solo, posteriormente, ante la Jurisdicción - carente de la más elemental dualidad de partes. De ahí que se dedique un capítulo específico, el último, al estudio, en primer término, de esta Jurisdicción, la contencioso-tributaria, con una inicial disertación a propósito de si esta especialidad tributaria debiera o no escindirse de su tronco común, el contencioso-administrativo, para, inmediatamente después acometer un estudio - con propuestas concretas de urgente modificación - sobre el procedimiento contencioso-tributario, desde la primera instancia hasta la novedosa casación por unificación de doctrina. Y a las diversas propuestas estructurales estudiadas en estos dos bloques temáticos, se adiciona un tercer bloque, destinado específicamente a la desjudicialización de algunos conflictos tributarios, merced a su posible derivación a mecanismos intra o extrajudiciales tan diversos como el fomento y potenciación la conformidad, la conciliación, la mediación e, incluso, el arbitraje.Publicación Contra todo pronóstico: Tanta digitalización como desconexión de la mediación. Ni MASC ni menos(La Ley, 2024) Calaza López, María SoniaLa reciente reforma de la Justicia, operada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia, entre otras, de servicio público de Justicia, afronta una sorprendente, desafiante —e inesperada (ante la evidente dificultad de implementación en los Juzgados y/o Tribunales que carezcan de suficientes medios)— apuesta de Digitalización. Esta arrebatada apuesta por una transformación digital de la Administración de Justicia sigue la senda de digitalización del resto de Administraciones Públicas, y se consolidará, bien pronto, con otra de imprescindible interoperabilidad entre todas ellas, como paso previo a su unificación —verdadera sincronización— digital institucional con Europa. Sin embargo, esta reforma deja atrás, contra todo pronóstico, otro de los propósitos del Plan Justicia 2030: la consolidación de una Justicia como servicio público que articule —al menos— dos vías de resolución de controversias (por cierto, con mayor o menor impacto: pero en todos los órdenes jurisdiccionales): la propiamente jurisdiccional —nuestra única Jurisdicción— y la extrajurisdiccional (sea heterocompositiva o autocompositiva) —Arbitraje & Mediación y otros MASC—. En este estudio se ofrece una primera valoración crítica de esta reforma procesal urgente que prioriza la digitalización a costa —o al menos, con desatención— de la humanización, ambas de la Justicia.Publicación Crónica del I Congreso Internacional de Derecho Procesal titulado “postmodernidad y proceso europeo: el principio de oportunidad en el ámbito de la responsabilidad de las empresas”(UNED - Universidad Nacional de Educación a Distancia, 2019) Alonso Furelos, Juan ManuelPublicación De la prueba (reina) en el proceso judicialEn favor del ensanchamiento (y contra todo vaciamiento) del juicio oral(La Ley, 2024-05-08) Calaza López, María Sonia; Barja De Quiroga, JacoboEn este trabajo coral se ofrece una reflexión (teórica y práctica) sobre la prueba reina en dos órdenes jurisdiccionales (antagónicos pero «llamados a entenderse» en este punto): la pericial en el proceso penal y la documental en el proceso civil, con una dual (y común conclusión: de un lado, el imprescindible ensanchamiento procedimental del juicio oral (penal) —frente a tanto vaciamiento legislativo y jurisprudencial como viene soportando desde hace algún tiempo— y la (imperiosa) oportunidad de revertir, también en el juicio oral —audiencia principal o vista— (ahora civil) el principio de valoración tasada de la documental privada (incontrovertida) en favor de su contrario: el principio de libre valoración probatoria.Publicación El derecho de defensa en la Ley 2/2023 de protección del informante: la otra cara de la moneda(Tirant lo Blanch, 2023) Gimeno Beviá, JordiLa aprobación de la Ley 2/2023 trae consigo determinadas obligaciones para las empresas y administraciones que deben procurar la protección de aquellos que informen sobre infracciones normativas (los popularmente conocidos como alertadores o whistleblowers). Sin embargo, la eficacia de algunas medidas planteadas queda limitada cuando la información reportada deriva en un proceso penal y compromete, principalmente, el derecho de defensa. El trabajo analiza la Ley 2/2023 desde su anverso, es decir, no desde la protección al informante sino desde los derechos del denunciado o persona afectada por la información, defendiendo que las necesarias medidas de protección no pueden traspasar los límites y garantías constitucionales del proceso penal.Publicación El derecho de defensa y su curiosa ecuación axiomática con el derecho de acción en la proyectada LO del Derecho de Defensa(Aranzadi, 2024-02) Calaza López, María Sonia; de Prada Rodríguez, MercedesEn este trabajo se ofrece una visión panorámica del Proyecto de Ley Orgánica de Defensa y de su curiosa ecuación axiomática con el derecho de acción, puesto que —a pesar de proclamarse la intrínseca conexión, la interdependencia recíproca y el indisociable ejercicio conjunto de ambos tipos de derechos fundamentales: acción y defensa (configurados como «dos caras de una misma moneda»)— el legislador obvia estas tres evidencias y persiste en el mantenimiento de, al menos, cinco deficiencias estructurales, que por orden descendente, en términos de lesividad en el ejercicio integral de tales derechos, pueden sintetizarse en: (i) la regulación individualizada —y por tanto, parcelada, desconectada o aislada— del derecho de defensa, sin un imprescindible tratamiento legal conjunto con el derecho de acción; (ii) la ausencia de un minucioso desarrollo legal de todas y cada una de las proyecciones —ampliamente consolidadas por la doctrina y la jurisprudencia— de ambos tipos de derechos fundamentales de naturaleza procesal (acción y defensa); (iii) la tibia —y ya defectuosa (por su constante alusión a una legislación, en este punto, inexistente)— referencia a los MASC, así como la indefinición ante su (futurible) impacto en un horizonte próximo; (iv) el canto a la digitalización, en la presentación de la norma, sin la menor alusión posterior a ninguno de los ejes regulados en los VII Títulos del Real Decreto Ley ómnibus 6/2023, dedicados —precisamente— a la completa e integral transformación digital de la Justicia; y (v) la deficiente concreción del contenido del derecho de defensa en los distintos órdenes jurisdiccionales.Publicación El Derecho procesal civil de los Estados miembros ante la garantía de accionabilidad de las pretensiones fundadas en derechos europeos(Tirant lo Blanch, 2023) Martínez Santos, AntonioPublicación ¿Emisión de órdenes europeas de investigación por el Ministerio Fiscal español? Consideraciones sobre la compatibilidad del art. 13.4 de la Ley de reconocimiento mutuo con el derecho de la Unión a la luz de las Sentencias del TJUE en los Asuntos Gavanozov I y II(Iustel, 2022) Martínez Santos, AntonioEn las dos sentencias Gavanozov, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció sobre cuestiones prejudiciales concernientes a la interpretación del artículo 14 de la Directiva 2014/41/UE, relativa a la orden europea de investigación. Entre otras cosas, el TJUE dictaminó que, al menos en ciertos casos, esta disposición de la Directiva impide la emisión de órdenes europeas de investigación por parte de las autoridades de aquellos Estados miembros cuya legislación interna no prevea mecanismo de reacción alguno contra dicha decisión. Este trabajo examina críticamente las implicaciones de las sentencias del TJUE en los asuntos Gavanozov I y II para el sistema procesal penal español.Publicación La escuela española garantista del derecho procesal(Instituto Vasco de Derecho Procesal, 2020) Alonso Furelos, Juan ManuelSumario. I.- La Escuela Española Garantista del Derecho Procesal. A) El Maestro José Almagro Nosete: personalidad polifacética. B) José Almagro profesor universitario: grandes cualidades. C) José Almagro en el escalafón de los Catedráticos de Derecho Procesal de la Universidad Española y Escuelas respectivas. D) Tesis dirigidas por José Almagro. Componentes de su Escuela.Publicación La falta de estudio del derecho real o patrio en las universidades nacionales hasta finales del siglo XVIII. Consecuencias procesales y prácticas forenses(J.M. Bosch, 2019) Alonso Furelos, Juan ManuelEste trabajo aborda el primer movimiento jurídico procesal, aparecido en el tiempo, denominado Práctica Forense. Es decir, a los prácticos del foro, la práctica efectuada en éste y la fuente formal que recoge dichas prácticas forenses (escritas por ellos, narrando esa práctica) que son sus textos jurídicos a modo de un simple manual, primero manuscritas y después impresas donde explican los diversos trámites de cómo era aplicado el derecho formal y material al caso concreto. Es preciso analizar el origen de este movimiento, iniciado en Italia, de donde llega a España y Portugal y que coincide con una situación política y económica nueva que supone el paso de la Alta Edad Media a la Baja Edad Media (S.XIII). En el plano jurídico, coincide con la recepción del Derecho Común existente en Italia, Derecho, que se incorpora a nuestros textos legales y así se convierte en un Derecho nuevo, nacional, de procedencia extranjera (Derecho común italiano, Derecho Romano Justinianeo y Derecho Canónico) que es denominado Derecho Real o Patrio y como tal Derecho tiene que ser aplicado por los jueces a los casos concretos. Los textos legales que recogen tal recepción son las Partidas del S. XIII que viene a ser la primera recopilación normativa de ellos (en especial, para el Derecho Procesal, la Tercera y la Séptima), técnica recopiladora que se mantiene hasta comienzos del S.XIX y que precede a la codificación. La razón del nacimiento de este movimiento jurídico está en la falta de la enseñanza de este Derecho Real, Patrio o Nacional en las Universidades del Reino a los futuros licenciados, sin perjuicio de que el profesorado de estas lo conociera en mayor o menor amplitud y escribiera las prácticas forenses para ellos, o libros jurídicos de mayor calidad.Publicación La garantía de la confidencialidad del abogado en las investigaciones internas de ""compliance"" de las personas jurídicas(Thomson Reuters Aranzadi, 2022) Martínez Santos, AntonioPublicación Las garantías constitucionales del proceso siguiendo enseñanzas de mi “maestro” Dr. D. José Almagro Nosete (In memoriam. Sevilla 1934. Córdoba 2019)(UNED - Universidad Nacional de Educación a Distancia, 2020) Alonso Furelos, Juan ManuelAbordo en este trabajo en homenaje a mi maestro José Almagro Nosete recientemente fallecido las garantías constitucionales del proceso. Su origen y desenvolvimiento. Como inciden sobre la acción, la jurisdicción y el proceso. Y como se protegen. Abordamos las mismas desde un plano cronológico y en los cuatro órdenes jurisdiccionales de la jurisdicción ordinaria. Hemos tenido en cuenta las enseñanzas del profesor Almagro Nosete, si bien es un trabajo “propio” y lo es al margen de todas las consideraciones que el homenajeado tuvo a bien destacar.
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