Persona: Calaza López, María Sonia
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scalaza@der.uned.es
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0000-0002-4677-4162
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Apellidos
Calaza López
Nombre de pila
María Sonia
Nombre
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Publicación La cosa juzgada en el Proceso Civil y Penal(Universidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de Derecho, 2004-01-01) Calaza López, María SoniaPublicación Propuestas de reforma del proceso de impugnación de acuerdos de las sociedades mercantiles.(Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho, 2003-01-01) Calaza López, María SoniaPublicación El arbitraje societario.(Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho, 2003-01-01) Calaza López, María SoniaPublicación Rotación, traslación y otros movimientos estelares de la Justicia en torno a la resolución de los conflictos sociales: Transferencia de la Justicia restaurativa a la sociedad civil(La Ley, 2020-01-01) Calaza López, María Sonia; Muinelo Cobo, José Carlos; Agencia Estatal de Investigación. EspañaEn dos estudios precedentes a éste, titulados «Principios transformadores del proceso judicial: Doctrina y Jurisprudencia ante el principio de oportunidad y transferencia del conocimiento científico a la sociedad civil» y «Efectos y consecuencias socio-jurídicas y filosóficas del principio de oportunidad» —publicados en el estudio monográfico «Principio de oportunidad y transformación del proceso penal», Ed. La Ley, Madrid, 2019— acometimos una primera apuesta de transferencia a la sociedad, del conocimiento científico de nuestros procesos penales convencionales, bajo el prisma de la oportunidad, como nuevo principio nucleador del moderno proceso penal. En este estudio, «Rotación, traslación y otros movimientos estelares de la Justicia en torno a la resolución de los conflictos sociales: Transferencia de la Justicia restaurativa a la sociedad civil» —publicado en un segundo estudio monográfico «Principio de oportunidad: Sociedad civil, empresa, doctrina y jurisprudencia», Ed. La Ley, Madrid, 2020— pretendemos acometer un similar trasvase de conocimiento científico a la sociedad civil en el marco, esta vez, de la Justicia reparadora, restauradora, educadora o terapéutica. Ambos monográficos se enmarcan en el Proyecto de investigación I+D+I Excelencia «Postmodernidad y proceso europeo: La oportunidad como principio informador del proceso judicial», del Ministerio de Economía y competitividad, con REF DER 2017-87114-P, del que son Investigadores principales los directores de estos estudios monográficos.Publicación El procedimiento de ejecución de la "euroorden"(Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho, 2005-01-01) Calaza López, María SoniaPublicación De la prueba (reina) en el proceso judicialEn favor del ensanchamiento (y contra todo vaciamiento) del juicio oral(La Ley, 2024-05-08) Calaza López, María Sonia; Barja De Quiroga, JacoboEn este trabajo coral se ofrece una reflexión (teórica y práctica) sobre la prueba reina en dos órdenes jurisdiccionales (antagónicos pero «llamados a entenderse» en este punto): la pericial en el proceso penal y la documental en el proceso civil, con una dual (y común conclusión: de un lado, el imprescindible ensanchamiento procedimental del juicio oral (penal) —frente a tanto vaciamiento legislativo y jurisprudencial como viene soportando desde hace algún tiempo— y la (imperiosa) oportunidad de revertir, también en el juicio oral —audiencia principal o vista— (ahora civil) el principio de valoración tasada de la documental privada (incontrovertida) en favor de su contrario: el principio de libre valoración probatoria.Publicación Ni toda la discapacidad es vulnerabilidad, ni toda la vulnerabilidad es discapacidad en el nuevo crisol digitalen busca de la confluencia(Universidad de Navarra, 2023-11-23) Calaza López, María SoniaEn este estudio se analizan un buen número de causas de vulnerabilidad comprometidas en el proceso judicial –especialmente, la discapacidad y la minoría de edad–, para llegar a la conclusión, al término, de que ni toda la vulnerabilidad es discapacidad, ni toda la discapacidad es vulnerabilidad en este crisol procesal, pero precisamente en el punto de confluencia entre una y otra es dónde deben activarse todas las alarmas procesales y ponerse en marcha todos los protocolos de una Justicia de la discapacidad, que ha de ser una Justicia con diez atributos imprescindibles: una Justicia desahogada, ordenada, accesible, comprensible, vigilante, predictiva, terapéutica, empática, asertiva y monitorizada.Publicación Contra todo pronóstico: Tanta digitalización como desconexión de la mediación. Ni MASC ni menos(La Ley, 2024) Calaza López, María SoniaLa reciente reforma de la Justicia, operada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia, entre otras, de servicio público de Justicia, afronta una sorprendente, desafiante —e inesperada (ante la evidente dificultad de implementación en los Juzgados y/o Tribunales que carezcan de suficientes medios)— apuesta de Digitalización. Esta arrebatada apuesta por una transformación digital de la Administración de Justicia sigue la senda de digitalización del resto de Administraciones Públicas, y se consolidará, bien pronto, con otra de imprescindible interoperabilidad entre todas ellas, como paso previo a su unificación —verdadera sincronización— digital institucional con Europa. Sin embargo, esta reforma deja atrás, contra todo pronóstico, otro de los propósitos del Plan Justicia 2030: la consolidación de una Justicia como servicio público que articule —al menos— dos vías de resolución de controversias (por cierto, con mayor o menor impacto: pero en todos los órdenes jurisdiccionales): la propiamente jurisdiccional —nuestra única Jurisdicción— y la extrajurisdiccional (sea heterocompositiva o autocompositiva) —Arbitraje & Mediación y otros MASC—. En este estudio se ofrece una primera valoración crítica de esta reforma procesal urgente que prioriza la digitalización a costa —o al menos, con desatención— de la humanización, ambas de la Justicia.Publicación Reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas: Estudio procesal(Dykinson, 2022) Calaza López, María SoniaEsta monografía constituye un estudio científico de los aspectos procesales más relevantes del concurso de acreedores conforme al Texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (TRLC). La autora ofrece un análisis, en profundidad, de los siguientes puntos: la Jurisdicción y competencia; el procedimiento concursal; la aplicación y especialidades del procedimiento abreviado; el incidente concursal; los recursos concursales; los efectos procesales de la declaración del concurso; la publicidad telemática; y el Registro público concursal.Publicación Incógnitas procesales persistentes en el nuevo escenario sustantivo de la discapacidad(Notyreg Hispania, 2022-07) Calaza López, María SoniaLa asincronía entre la reforma sustantiva -valiente, disruptiva, carismática, luminosa, esperanzadora- y la reforma procesal –que posee todos los vicios procedimentales típicos: ineficiencia, ineficacia, lentitud, carestía, inhumanidad; y una sola virtud: la derivación a la Jurisdicción Voluntaria- de la Discapacidad trae tras de sí, como era de esperar, una batería de incógnitas. La primera en la frente: ¿Puede el Juez proveer un apoyo a una persona con discapacidad contra su voluntad en este nuevo reinado de “voluntad, deseos y preferencias”? Y a renglón seguido, entre otras: ¿Puede la persona con discapacidad instar el proceso contencioso cuando sabe, a ciencia cierta, desde el inicio, que habrá de soportar una intensa contradicción? ¿Cuál es el verdadero alcance de las pretensiones de las partes? ¿Deben éstas acreditar el intento, sin éxito, de un “medio adecuado de resolución de controversias”, como imprescindible requisito de procedibilidad, antes de instar el contencioso? ¿Puede el Juez del proceso contencioso derivar la provisión del apoyo a un mecanismo paraprocesal en plena litispendencia? ¿Puede eludirse la práctica de la prueba fuera del exigente -e inexplicable- supuesto de excepcionalidad tasado en la LEC? ¿Cuáles son los exactos límites de la congruencia que, en su caso, deben respetar las sentencias de provisión de apoyos? A estas primeras incógnitas procesales se destina este trabajo, con el firme convencimiento de que tan solo una reforma integral del tortuoso hábitat procesal permitiría que la reforma sustantiva se implementase conforme al verdadero dictado de la “voluntad, deseos y preferencias” procesales de las personas con discapacidad