Persona: Vargas Gómez, Marina Amalia
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0000-0002-4574-341X
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Vargas Gómez
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Marina Amalia
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Publicación El cobro internacional de los alimentos. Reflejos del dispositivo protector del acreedor de alimentos en las normas del reglamento (CE) 4/2009(Universidad Nacional de Educación a Distancia (España) ; COLEX, 2012-01-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaEste artículo tiene por objeto examinar las manifestaciones del dispositivo protector del acreedor de alimentos en el Reglamento (CE) núm. 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos. En concreto, se ofrece una sistematización de las respuestas del Reglamento comunitario en los sectores de la competencia judicial, la ley aplicable y el reconocimiento de decisiones. Como hipótesis de trabajo se pretende verificar la manifestación del dispositivo protector del acreedor de los alimentos en los tres sectores concernidos. El examen de estos aspectos permitirá poner de relieve la complejidad de su regulación así como una valoración de sus dificultades de aplicación práctica.Publicación Kick to kik. Trabajadores offshore desplazados y ley aplicable a la seguridad social internacional(Tirant lo Blanch, 2015-06-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaTrabajadores offshore desplazados y ley aplicable a la seguridad social internacional: ¿lex loci laboris, ley de la residencia del trabajador o ley de la sede del empleador? Respuestas a la luz del asunto Kik (STJUE c-266/13, de 19.3.2015)Publicación Una lectura crítica de los vínculos familiares a la luz de la Directiva 2003/86/CE y de las normas españolas de extranjería(Universidad Carlos III de Madrid, 2018-10-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaLa salvaguarda del derecho a la vida en familia, tal y como se recoge en los instrumentos internacionales de Derechos humanos, inspiran las condiciones de ejercicio de la reagrupación familiar. En la tramitación de las autorizaciones de residencia por reagrupación familiar, los Estados miembros cuentan con dos mecanismos que permitirían limitar el acceso al territorio de los miembros de la familia: (1) mediante el establecimiento de condiciones materiales subjetivas y objetivas para la entrada en el territorio (problema típico de derecho de extranjería o migratorio); (2) mediante el control de la validez de los vínculos familiares preexistentes (problema típico del Derecho internacional privado). El examen crítico de la interacción de ambos mecanismos y su análisis a la luz de la Directiva 2003/86/CE y de las normas españolas sobre reagrupación familiar (LO 4/2000 y RD 557/2011) es el objetivo de este trabajo.Publicación Vecindad civil de la mujer casada. Nuevas reflexiones en torno a la inconstitucionalidad sobrevenida del artículo 14.4 del Código Civil y la retroactividad de la Constitución española en relación a los modos de adquisición de su vecindad civil(Universidad Carlos III de Madrid, 2011-10-01) Abarca Junco, Paloma; Vargas Gómez, Marina AmaliaLas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 3 de marzo de 1994, de la Audiencia Provincial de Barcelona de 4 de noviembre de 2003 y del Tribunal Supremo de 14 de septiembre de 2009 permiten una nueva reflexión acerca de la determinación de la vecindad civil de la mujer casada -adquirida antes de la Constitución Española- en relación a la ley aplicable a la sucesión. El TSJ de Navarra confirma la vecindad civil navarra del marido -adquirida en 1965- si bien ajustando el resultado material del supuesto mediante la aplicación de otra ley (la catalana) en atención a la especificidad del caso. La AP de Barcelona niega la aplicación del derecho navarro a la sucesión de la esposa e interpreta aplicable el derecho catalán por entender que la vinculación de la mujer casada a la vecindad civil del esposo dejó de tener efectos una vez vigente la Constitución Española, aplicando retroactivamente la misma para negar eficacia al artículo 14.4 del Código civil (en su redacción vigente en ese momento). El Tribunal Supremo confirma esta última sentencia con fundamento en la inconstitucionalidad sobrevenida del mencionado artículo del Código civil, que argumenta en base a la STC de 14 de febrero de 2002. El presente trabajo pretende poner de relieve algunos problemas y elaborar una propuesta de solución no necesariamente acorde con los fundamentos jurídicos de las sentencias comentadas.Publicación El estatuto de ciudadano de la Unión y su posible incidencia en el ámbito de aplicación del derecho comunitario (STJUE Ruiz Zambrano)(Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, 2012-01-01) Abarca Junco, Paloma; Vargas Gómez, Marina AmaliaLa Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de marzo de 2011 (C-34/09) asunto Ruiz Zambrano contra la l´Office National de l´Emploi (ONEM) de Bélgica vuelve a poner de relieve una cuestión, ya debatida por la jurisprudencia y la doctrina, relativa al derecho de residencia de nacionales de un tercer Estado progenitores de menores nacionales de un Estado miembro. El enfoque adoptado en este asunto por el TJUE resulta novedoso en parte debido al propio planteamiento de las cuestiones prejudiciales y muy especialmente por los argumentos en torno al estatuto de ciudadano de la UE y a la noción misma de ciudadanía. La cuestión nuclear de la litis trata de dilucidar la incidencia de la nacionalidad comunitaria de unos menores, que no han ejercido su derecho de libre circulación, sobre la situación de residencia (irregular) de sus progenitores nacionales de un tercer país. Si hasta ahora era cierta la premisa según la cual “sería necesario cruzar la frontera” para ser beneficiario del Derecho comunitario, la sentencia Ruiz Zambrano viene a cuestionar este presupuesto al amparar una situación “puramente interna” bajo el paraguas protector del estatuto de ciudadano y extender el ámbito de aplicación del derecho comunitario. Esta sentencia nos sugiere una revisión de uno de los tópicos preferidos por los académicos -la noción de ciudadanía- para, desde una perspectiva distinta, reflexionar acerca de la incidencia del estatuto de ciudadano de la Unión en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario.Publicación Reflejos de la "idea de integración" en las normas de extranjería y de nacionalidad. Especial referencia al nacido en España hijo de extranjeros(Aranzadi, 2017-02-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaEl propósito de trabajo consiste en examinar un aspecto muy concreto de la dimensión de la integración de los extranjeros en España. Se pretende constatar, a la luz de las normas del sistema español de extranjería y nacionalidad, como se valora -y en su caso se controla- la integración de los nacidos en España hijos de extranjeros. Nuestro planteamiento parte de la constatación de que el concepto normativo de integración es diferente según se observe el fenómeno desde la óptica de las normas de extranjería o desde la óptica de las normas de nacionalidad. Desde esta realidad normativa, las diferencias pueden explicarse a la luz de las (distintas) lógicas de funcionamiento (política legislativa) a que responden unas y otras.Publicación Shalom Sefarad: una “erensya” envenenada (Parte I). La Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España(Tirant lo Blanch, 2015-07-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaEn este trabajo se da cuenta de la regulación establecida en la Ley 12/2015, de 24 de junio para la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. Esta primera parte analiza los antecedentes legislativos (Anteproyecto de Ley) y sus diferencias con el Proyecto de Ley remitido por el Gobierno al Congreso de los Diputados.Publicación Exequatur de sentencia marroqui-divorcio y alimentos citación legal, firmeza y ejecución provisional (Audiencia Provincial Girona – Auto de 08/10/2019)(Universidad Carlos III de Madrid, 2020-01-01) Vargas Gómez, Marina AmaliaEste comentario tiene por objeto el examen del Auto de la Audiencia Provincial de Girona de 8 de octubre de 2019. La Audiencia contextualiza el régimen jurídico aplicable a la ejecución de una sentencia marroquí de divorcio con establecimiento de medidas de alimentos en el marco del Convenio hispano-marroquí de 1997. El análisis del cumplimiento y prueba de las condiciones para otorgar la autoridad de cosa juzgada en general y, en particular, la posibilidad de ejecución provisional de las medidas de alimentos en defecto de prueba de la firmeza constituye el núcleo de la controversia.Publicación ¿Qué podemos aprender de Edith Stein sobre la investigación y la enseñanza del derecho?(Editorial LA LEY, 2012-09-26) Vargas Gómez, Marina Amalia; Herrera Molina, Pedro ManuelEl 70 aniversario de la muerte de Edith Stein (Auschwitz, 9 de agosto de 1942) —extraordinaria docente e investigadora y una de las más destacadas intelectuales del pasado siglo XX— sea acaso el pretexto y el reto para esta reflexión acerca de la enseñanza y la investigación en Derecho en la actual Universidad española. Desde la perspectiva de nuestro trabajo como docentes hemos tomados tres cuestiones a nuestro entender claves en la vida diaria del profesor universitario: la docencia como servicio al estudiante, la investigación como servicio de creación intelectual y el nexo principal entre docencia e investigación: la formación de jóvenes profesores. Algunas reflexiones de Edith Stein acerca de sus profesores, de la docencia, del proceso creativo intelectual y de la formación de futuros profesores nos han servido de hilo conductor para las ideas que aquí ofrecemos y que dedicamos a la memoria de nuestra compañera Puerto RODRÍGUEZ MONTAÑÉS.Publicación Recuperación de la nacionalidad española RDGRN [11ª] 30 septiembre 2019 [nacido en Argentina](Universidad Carlos III de Madrid, 2021-10) Vargas Gómez, Marina AmaliaEn este comentario se analiza el concepto de emigración-emigrante-hijo de emigrante a la luz de una resolución de la DGRN desestimatoria del recurso de apelación interpuesto con el auto del Consulado General de España en Buenos Aires que no inscribió el nacimiento del promotor por “recuperación de la nacionalidad española al no cumplir el requisito de la residencia legal en España establecido en el art. 26 del C. civil”. La peculiaridad del supuesto radica en la pretensión del promotor de ampliar el concepto de emigrante-hijo de emigrante del art. 26 a un supuesto muy peculiar de emigración de ida y vuelta. Una ampliación de criterio que la DGRN no considera aceptable.