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Examinando por Autor "Torres del Moral, Antonio"

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    Las ayudas públicas a los estudiantes y el derecho fundamental a la educación. Fundamento y principios constitucionales del Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudio
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea, 2017) Canal Muñoz, José; Vidal Prado, Carlos José; Torres del Moral, Antonio
    El objeto de este trabajo es determinar si el derecho fundamental a la educación constitucionalmente reconocido comprende un derecho subjetivo a la obtención de ayudas individuales para el acceso y prosecución de estudios y, en este caso, cuáles serían los elementos esenciales que condicionarían su configuración jurídica. La abundante literatura científica sobre el tratamiento jurídico de la educación hace necesario establecer, con carácter previo, un marco conceptual que sirva de referencia al trabajo y que debe comprender, al menos, tres aspectos concretos: - En primer lugar, es preciso describir con precisión qué debe entenderse por educación y enseñanza, conceptos básicos sobre los que gira el tratamiento jurídico de la materia educativa en el Derecho internacional, en el constitucionalismo comparado y en el ordenamiento jurídico español. - En segundo lugar, debe delimitarse el concepto de derecho fundamental y, dentro del mismo, las diferencias entre libertades públicas y derechos sociales, ya que ambas categorías se utilizan para hacer referencia a las facultades de los ciudadanos frente a los podres públicos en materia de educación y enseñanza. - En tercer lugar, y como conclusión al proceso de definición del marco conceptual, debe precisarse el significado de la expresión que resulta de la aplicación de las categorías jurídicas de derecho (social) y libertad (pública) a los conceptos de educación y enseñanza.
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    La conciencia crítica del Estado al servicio de los ciudadanos: el Defensor del Pueblo
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea, 2021) Hernández Márquez, Lorenzo; González de la Garza, Luis Miguel; Torres del Moral, Antonio
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    Democracia participativa y representación popular en venezuela : (1999-2011)
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político., 2013-09-01) Andrade Mantilla, Aiskel Sabrina Analu; Torres del Moral, Antonio
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    La mala práctica médica en Venezuela
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político., 2015-10-21) Bastidas Matheus, Nohely del Carmen; Torres del Moral, Antonio; Goig Martínez, Juan Manuel
    Los derechos a la vida y a la salud hoy son reconocidos como valores en la mayoría de los Ordenamientos jurídicos, como consecuencia del modelo de Estado social y democrático de Derecho. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 2, establece los fines del Estado, como: el derecho a la vida, justicia, igualdad y derechos humanos, entre otros. Esta investigación surgió por una inquietud jurídico-social y humana. El objetivo principal fue abordar la mala práctica médica en Venezuela, teniendo como referencia el Derecho comparado. Se plantea un llamado a la conciencia a los órganos del poder público, en el caso del legislador es la creación de instrumentos legislativos para complementar la protección de los derechos constitucionales, con el objeto de instaurar procedimientos que hagan efectiva la garantía de los mismos por observarse una insuficiencia en su protección cuando son vulnerados por un error médico. Por razones que la sociedad reclama, deben crearse los mecanismos para cumplir con el mandato de protección nacional e internacional. Los profesionales de la salud los lesionan por negligencia o imprudencia y, algunas veces comprometen irreversiblemente la vida y la salud de las personas, sin una solvente protección jurídica. El médico, puede incurrir en falta que lo lleva a ser responsable por los actos cometidos. Los casos de mala práctica médica han tenido gran impacto a nivel mundial por las implicaciones derivadas del acto médico, no solo por el error humano, sino también por conductas descuidadas en la atención de sus pacientes. El desarrollo de esta investigación se inició con un enfoque general de los derechos humanos; se analizó el Estado social y democrático del Derecho, como nuevo modelo de justicia constitucional en Venezuela desde 1999. Se estudió, la evolución, naturaleza jurídica, etapas, características y diferentes criterios de interpretación de los derechos humanos. Se abordó la mala práctica médica desde la perspectiva de los derechos humanos, su protección constitucional y supraconstitucional. Se analizaron las omisiones legislativas, resaltando que falta de protección o la protección jurídica incompleta de un derecho fundamental, produce una lesión a esos derechos. Se estudió la mala práctica médica, causas, consecuencias, culpa médica, obligaciones, relación médico-paciente y naturaleza jurídica. Se analizó la responsabilidad civil por mala práctica médica, determinándose que ante la falta de ley en el Ordenamiento jurídico venezolano, esta se subsume dentro de la norma sustantiva civil. A manera ilustrativa, se tiene que la responsabilidad de los dueños, principales y directores, establecida en el artículo 1191 del Código Civil, se basa en culpa In eligendo e In vigilando, que llevadas al terreno de la responsabilidad médica, deben responder las instituciones de salud, públicas y privadas, por el hecho ilícito causado por sus médicos o su personal dependiente. Se concluye: 1. La falta de un instrumento legal que regule la responsabilidad médica ha conllevado a la aplicación de la hermenéutica para rellenar ese vacío, como: la analogía. 2. Esa ausencia configura una omisión legislativa. En las declaraciones internacionales la protección a la vida y salud está establecida; no se prevé protección cuando se vulneran por acción u omisión devenida de una responsabilidad médica. 3. El Estado no puede ampararse en su Derecho interno para dejar de cumplir con obligaciones internacionales de derechos humanos. 4. El contexto social y jurídico para crear el instrumento que regule la mala práctica médica en Venezuela está dado, porque el Estado social y democrático de Derecho es un impulsador del respeto del derecho y las libertades. Se recomienda al legislador venezolano cumplir con su mandato de legislar y promulgue un instrumento legal que regule la responsabilidad civil del médico, a través del cual se pueda demandar directamente por Mala Práctica Médica.
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    Los medios de comunicación en la II República española: luces y sombras de la libertad de expresión
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea, 2016-07-08) Sánchez Garrido, Ildefonso; Torres del Moral, Antonio
    La finalidad de este trabajo o Tesis es el estudio jurídico-constitucional de un derecho fundamental, el de la libertad de expresión o de comunicación pública en el breve periodo de la II República española (1931-1936), nuevo régimen democrático y parlamentario que vino a reemplazar a la secular Monarquía borbónica. La libertad de expresión es uno de los derechos que constituyen esa tabla esencial de toda constitución que se precie de ser mínimamente democrática. El trabajo se inicia con una justificación del mismo al que siguen ocho capítulos, que constituyen tres partes claramente diferenciadas desde el punto de vista del contenido temático. El primer capítulo se ocupa de la libertad de expresión, haciendo una precisión conceptual del ancho mundo de la comunicación, su evolución histórica y la proyección doctrinal de esta libertad en diferentes autores de distintos países y años. El segundo capítulo se centra en el estudio de la libertad de expresión en el constitucionalismo histórico español y en el Derecho comparado. Tras estos dos capítulos, piedras angulares de los restantes, desde el tercero hasta el séptimo, se hace un análisis exhaustivo de los diferentes medios de comunicación que existían en el período estudiado, que eran: prensa, radio, cine, teatro y libre-educación con la libertad de cátedra. De los cinco medios estudiados, el mas conocido y antiguo en el mundo de la comunicación, exceptuado el libro, es la prensa, medio centenario y numeroso, pese a la gran población analfabeta. La radio, especialmente en la contienda, fue un medio propagandístico, utilizado coma "arenga". El cine, con su paso a sonoro en ese tiempo, vivió su época dorada y fue un medio de gran difusión, en tanto que el teatro sera un medio de expresión de valores patrióticos y fenómeno de masas, en que el pueblo se ve reflejado. La educación del pueblo a través de planes cuatrienales de creación de escuelas, con fomento de la actividad editorial sin control ideológico de libros y la libertad de cátedra, fue otro frente de actuación de la II República española. Corona el contenido del trabajo el último capítulo, que se ocupa del análisis de los recursos de amparo que hubo de resolver el Tribunal de Garantías Constitucionales referidos a cuestiones relacionadas con la libertad de expresión, especialmente planteados en el campo del periodismo escrito o prensa. La bibliografia consultada ha consistido en tratados, ensayos, monografías y revistas especificas de cada medio, que aparecen reseñadas en las notas al pie de página y al final del trabajo en el apartado correspondiente. Como en cualquier obra de investigación, se llega a unas conclusiones sobre la libertad de expresión en este periodo, de las que enunciamos algunas:- El Poder, en todo tiempo y lugar, amparado en las "reglas de juego de la organización social", se resiste a reconocer este derecho a la libertad de expresión, que es un parámetro de medida de los regímenes democráticos. Esta libertad ha tenido que soportar la censura previa en no pocas ocasiones en nuestra historia constitucional.-Cambia el panorama con el nuevo régimen republicano, pero este no fue todo lo abierto como cabría esperar en materia de libertad de prensa, aquejado por los problemas de orden y seguridad, por lo que la aplicación del art. 34 de la Constitución de 1931 no fue efectiva siempre. La República, pues, no fue el paraíso soñado en cuanto a libertad de prensa, sometida esta al albor de las circunstancias políticas y a la discrecionalidad y arbitrariedad de los Gobernadores Civiles, permisivos unos y celosos vigilantes otros.
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    El valor superior del ordenamiento jurídico. Problemática sobre su posicionamiento jurídico actual y en el contexto específico de la atribución de su titularidad a entidades diferentes a la persona física
    (Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea, 2019-07-15) Sayago Armas, Diana; González de la Garza, Luis Miguel; Torres del Moral, Antonio
    Partiendo del contexto general que se desarrolla en nuestro ordenamiento, en el Derecho Constitucional Comparado y en el Derecho Internacional, y desde una perspectiva crítica y minuciosa, se aborda la conceptualización y el esclarecimiento de las prioridades axiológicas por las que la comunidad social opta actualmente y que se identifica, en su fundamento inicial, final y supremo, en el valor superior Dignidad. Asimismo, se analizan las categorías normativas que desarrollan y concretan ámbitos precisos del contenido del valor superior, tanto desde la perspectiva individual como en su proyección jurídica colectiva, dimensiones ambas que son imprescindibles en la complementación de la realización personal del ser humano. Todas estas cuestiones ahondan en la consolidación y desarrollo del Derecho más actual, desde una consideración que abarca todos sus niveles normativos. Para ello se ha utilizado una diversa metodología que ha sido necesaria para profundizar en los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la investigación y que se ha definido a través del análisis lógico-formal, donde el estudio dogmático-jurídico, conceptual y teórico, desde una perspectiva sistemática y hermenéutica, han definido las conclusiones de forma relevante. Asimismo, la investigación ontológico-jurídica, en combinación con la deontológica y la axiológica han proporcionado ópticas fundamentales para el objeto de la tesis. No obstante, para abordar una institución de la envergadura del valor superior ha sido necesario que, junto al indispensable estudio comparativo de normas, instituciones y pronunciamientos dogmáticos y jurisprudenciales, se adopte un método de investigación jurídico-propositivo que proporcione una propuesta argumentada sobre el valor superior. Todo ello a partir del conocimiento adquirido tras el análisis de las diferentes fuentes jurídicas que constituyen la norma, la jurisprudencia y la doctrina, en combinación con la realidad social, con el fin de alcanzar respuestas certeras y aplicables en el entorno social actual. La tesis doctoral posiciona los valores superiores en el contexto jurídico actual, exponiendo el marco histórico-doctrinal que ha rodeado la categoría del valor y su problemática conceptualización. Se analizan sus diferencias con otras categorías normativas como los principios y las reglas, procediendo a definirlas y situarlas en el espectro material del valor. De esta manera, se aborda la naturaleza que singulariza a los valores superiores, el acierto o error en su encuadre, su formulación en el artículo 1.1 de nuestra Constitución, así como la inconveniencia constitucional de postergar la Dignidad al ulterior artículo 10.1. Asimismo, se estudia en profundidad la Dignidad humana argumentando su posición como Valor superior del ordenamiento jurídico y profundizando en las aportaciones filosóficas referentes a la aparente inabarcable aprehensión de su contenido, para pasar a investigar su posicionamiento en Derecho Comparado. Pormenorizadamente, se examina la Dignidad en el Derecho Constitucional Comparado, así como su tratamiento en nuestro constitucionalismo, desde una perspectiva crítica que la excluye como derecho fundamental o principio jurídico. Ciertamente, y contextualizándolo como valor superior, se ha expuesto su funcionalidad y su carácter de mínimum a tener en cuenta en la atribución de la titularidad de los derechos fundamentales, subrayando su condición de base, fuente y fundamento de éstos y abordando el estudio del abuso jurisprudencial en la aceptación del honor como sinónimo del valor Dignidad.
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